Cumplimiento Corporativo
Comprometidos con las buenas prácticas empresariales.
Una verdadera cultura ética empresarial.
La organización asume grandes compromisos con el cumplimiento de los más altos estándares de ética corporativa, disponiendo de un Programa de Cumplimiento Corporativo desde el 18 de septiembre de 2020, el cual se revisa periódicamente por asesores externos de reconocido prestigio y donde se incluyen de manera organizada las acciones implantadas para instaurar un entorno de prevención, detección y gestión anticipada de riesgos. Este Programa tiene un enfoque específico en la lucha contra las infracciones, tanto penales como contrarias a la libre competencia, entre otras materias, garantizando el más alto nivel de integridad en todas sus prácticas comerciales.
La sociedad se encuentra adherida a la normativa de VINCI, que establece los principios compartidos por todos los empleados y socios de negocio cuyos valores fundamentales se definen en los siguientes 5 documentos de referencia:
- El Código de Ética y Conducta, que establece todos los principios de ética empresarial que deben aplicarse en diferentes circunstancias y en todos los países en los que se opera.
- Se utiliza conjuntamente con el Código de Conducta Anticorrupción, que incluye las normas relativas a la prevención de todos los actos de corrupción, en particular identificando los riesgos en los procesos empresariales y definiendo las conductas que deben evitarse.
- La Guía de Derechos Humanos, que resume posibles riesgos y sus implicaciones para las empresas, y define un conjunto común de directrices sobre cómo tratar las cuestiones relativas a los derechos humanos.
Estas directrices se basan en los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), en los 8 convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y en las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales.
- La Declaración sobre las Acciones Esenciales y Fundamentales en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, que refleja la voluntad común de alcanzar el objetivo de «Cero Accidentes». La declaración es fruto de un diálogo social constructivo y regular. En el marco de una política de mejora continua, afirma que sólo se puede progresar con todos empleados mediante la promoción de la cultura de seguridad.
- Las directrices medioambientales, que proporcionan un marco diseñado para minimizar los riesgos e impactos de las actividades sobre el entorno. Todas las empresas deben seguir estas directrices para que se puedan mejorar y adaptar las acciones y procedimientos con el fin de proteger y preservar el medio ambiente en todos los lugares donde se opera. Cada una de las filiales son responsables de garantizar que los socios de negocio realicen esfuerzos similares a lo largo de toda la vida de un proyecto.
El Programa de Cumplimiento Corporativo se compone de los siguientes documentos:
Normativa de VINCI, S.A.
- Manifiesto.
- Código de Ética y Comportamientos.
- Código de Conducta Anticorrupción.
- Guía de los Derechos Humanos.
- Guía de los Derechos Humanos (Anexo).
- Líneas Directrices Medioambientales.
- Guía de Usuarios de los Sistemas de Información.
- Política General de Ciberseguridad.
- Medidas fundamentales e ineludibles en materia de Salud y Seguridad en el Trabajo.
Protocolos de COBRA SERVICIOS, COMUNICACIONES Y ENERGÍA
- Protocolo Marco.
- Protocolo de Cumplimiento Normativo.
- Protocolo de Comunicación de Hechos Supuestamente Irregulares.
- Protocolo de Activación del Procedimiento de Defensa Corporativa.
- Protocolo sobre Formación de los Profesionales en cuestiones de Cumplimiento Normativo.
- Estatuto de Cumplimiento Normativo – Protocolo sobre el perfil, experiencia y ubicación orgánica del Órgano de Cumplimiento Normativo, del Responsable de Cumplimiento Corporativo y del Delegado de Cumplimiento Corporativo.
- Protocolo de Políticas Esenciales.
- Catálogo de Conductas Prohibidas y Parámetros de Comportamientos Esperados.
- Código de Conducta para Socios de Negocio.
- Protocolo de Cumplimiento de la Normativa de Defensa de la Competencia.
- Protocolo de gestión de las relaciones con Administraciones Públicas y Funcionarios
- Protocolo sobre Pagos de Facilitación
- Política de Sostenibilidad
Instrucciones de Régimen Interior de COBRA SERVICIOS, COMUNICACIONES Y ENERGÍA
Plan de Prevención de Delitos de ENYSE y sus Políticas
- Política de Cumplimiento Normativo, Antisoborno y Conductas Contrarias al derecho de Defensa de la Competencia.
- Política sobre Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.
- Política Anticorrupción.
- Política sobre Cortesías Profesionales.
- Política de Protección de derechos de Propiedad Industrial e Intelectual.
- Política de Protección de Datos y tratamiento de Información Confidencial y Sensible.
- Política de diligencia debida en materia de Derechos Humanos.
- Protocolo de prevención, detección y actuación frente al Acoso Laboral.
- Protocolo de prevención, detección y actuación frente al Acoso Sexual.
El diseño del Programa de Cumplimiento Corporativo recoge y aplica unas buenas prácticas de prevención de riesgos penales y de promoción de un comportamiento empresarial ético, alineadas con las exigencias del Código Penal y resto de legislación vigente aplicable.
Cualquier persona que tenga conocimiento o sospecha de alguna infracción, acción ilegal, comportamiento inadecuado, etc. podrá utilizar, además del reporte al Responsable de Cumplimiento Corporativo, los siguientes medios habilitados:
Plataforma digital:
Línea telefónica:
- Chile: +56 232 149 988
- España +34 910 477 636
Si opta por este medio, se le solicitará el código de servicio 9756 durante la llamada.
- Correo postal a la atención del Responsable de Cumplimiento Corporativo, calle Valportillo II, nº 8 bis, 28108 Alcobendas, Madrid (España).
Estos medios son tanto una vía de denuncia de cualquier incumplimiento de la legislación y/o de la normativa interna, como un medio para la resolución de una consulta que se pueda plantear en el desarrollo de la actividad de la organización, asegurándose en todo momento la confidencialidad del asunto tratado y la ausencia de represalias por la presentación de una denuncia.
Todas aquellas personas que de buena fe transmitan sus comunicaciones estarán protegidas contra cualquier tipo de discriminación, represalia o penalización con motivo de las mismas. Las denuncias falsas o difamatorias serán objeto de sanción disciplinaria de acuerdo con los procedimientos internos, convenios y normativa legal aplicables. Se garantizará la confidencialidad de la identidad del denunciante. No se divulgará la identidad del denunciante a terceros, ni a la persona denunciada ni a los mandos directivos, a excepción de que sea necesaria su divulgación a las personas pertinentes implicadas en cualquier investigación posterior o procedimiento judicial incoado como consecuencia de la investigación llevada a cabo por el Sistema de Gestión de Cumplimiento Normativo. En cumplimiento de lo previsto en la normativa aplicable de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa de que los que se recojan a través del presente Canal Ético serán tratados por ENCLAVAMIENTOS Y SEÑALIZACIÓN FERROVIARIA ENYSE, S.A.U. (en adelante, ENYSE) y sus sociedades dependientes, con la finalidad de tramitar las correspondientes denuncias y consultas, de conformidad con lo establecido en el Programa de Cumplimiento Corporativo y la normativa interna. La base de legitimación de este tratamiento es el consentimiento del interesado al remitir voluntariamente la información. Los datos se conservarán mientras dure la investigación y no se solicite su supresión y, en cualquier caso, en cumplimiento de los plazos legales de prescripción que resulten de aplicación. La información recibida podrá ser cedida a las sociedades de ENYSE que correspondan en caso de ser necesario para el objeto de la investigación. Puede consultar las sociedades de ENYSE en cualquier registro oficial de información. Igualmente, se informa de que, en todo caso, el interesado podrá en cualquier momento ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición dirigiéndose por escrito a la dirección calle Valportillo II, nº 8 bis, 28108 Alcobendas, Madrid (España).